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lunes, junio 30, 2025
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¿Cómo funcionan los contratos por prestación de servicios? Expertos explican derechos y deberes

El contrato por prestación de servicios es, después del contrato laboral, la modalidad de vinculación más usada en Colombia para tareas de consultoría, mantenimiento, apoyo administrativo o suministro especializado. Aunque a simple vista puede parecer un “empleo”, su naturaleza jurídica lo convierte en un acuerdo civil o comercial que se rige por la autonomía de las partes y no por el Código Sustantivo del Trabajo. A continuación, los puntos que todo contratante y contratista deben conocer.

1. Tres diferencias básicas con el contrato laboral

ElementoContrato laboralPrestación de servicios
SubordinaciónSí: el empleador da órdenes sobre horario, lugar y forma de trabajo.No: el contratista conserva autonomía técnica y administrativa.
RemuneraciónSalario (base para prestaciones y aportes parafiscales).Honorarios (sin prestaciones sociales).
PrestacionesPrima, cesantías, vacaciones, horas extras, ARL a cargo del empleador.No existen prestaciones; el contratista asume aportes a salud, pensión y riesgos.

Clave: si en la práctica hay subordinación —órdenes directas, horario fijo, sanciones disciplinarias— el vínculo puede desnaturalizarse y un juez laboral podría declararlo contrato de trabajo.

2. Cláusulas mínimas recomendadas

  1. Identificación de las partes: nombres, documentos, domicilio y correo de notificación.
  2. Objeto contractual: descripción detallada del servicio.
  3. Valor y forma de pago: monto total, periodicidad (mensual, contra entrega, contra factura) y retenciones de ley.
  4. Duración: fecha de inicio y de terminación; posibilidad de prórroga.
  5. Obligaciones del contratista: metas, entregables, estándares de calidad.
  6. Causales de terminación: incumplimiento, fuerza mayor, mutuo acuerdo.
  7. Régimen de propiedad intelectual y confidencialidad (cuando aplique).
  8. Seguridad social: declaración expresa de que el contratista responderá por sus aportes.

3. Jornada, honorarios y seguridad social

En la prestación de servicios no existe jornada ni horario impuestos; el pago se fija por resultados o metas y se denomina honorarios. El contratista debe:

  • Aportar mensualmente a salud, pensión y ARL sobre el 40 % de su ingreso base.
  • Expedir cuenta de cobro o factura electrónica.
  • Asumir retención en la fuente si supera los topes establecidos por la DIAN.

4. Duración y terminación

El contrato puede pactarse por días, meses o un proyecto específico y terminarse:

  • Por cumplimiento del objeto.
  • Por mutuo acuerdo en cualquier momento.
  • Unilateralmente, si se incluyen causales claras (incumplimiento, confidencialidad, insolvencia).

Al cesar la relación no hay liquidación de prestaciones ni indemnización, salvo que se pacte cláusula penal o exista incumplimiento probado.

5. Riesgos de una mala estructuración

  • Recalificación laboral: si el contratista demanda y demuestra subordinación, el contratante puede ser condenado a reconocer todas las prestaciones omitidas y pagar sanciones.
  • Evasión de aportes: la UGPP impone multas cuando detecta omisión o inexactitud en los pagos a seguridad social.

6. Recomendaciones prácticas

Para el contratantePara el contratista
Exija certificaciones de afiliación a salud, pensión y ARL.Facture y pague aportes antes de cobrar honorarios.
Evite imponer horario o sanciones disciplinarias.Conserve copia firmada del contrato y comprobantes de pago.
Registre entregables y evaluaciones por resultado, no por presencia.Declare y pague impuestos de renta e ICA si aplica.

7. Prestación de servicios en el Estado

Las entidades públicas contratan bajo la Ley 80 de 1993. El contratista debe inscribirse en el SECOP II y cumplir requisitos de experiencia, pólizas y, en ocasiones, anticipar aportes a seguridad social para la firma. El pago se hace contra acta de aprobación del supervisor.


En síntesis, el contrato por prestación de servicios otorga flexibilidad, pero traslada al profesional la gestión de su propia seguridad social y elimina prestaciones laborales. Para evitar litigios, las empresas deben usarlo solo cuando la labor no requiera subordinación permanente, y los trabajadores independientes deben planificar su carga tributaria y prestacional. Un documento bien redactado y el cumplimiento estricto de las obligaciones de ambas partes son la mejor garantía de una relación contractual sana y legal.

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